Es un crédito de capital de trabajo destinado para la construcción de proyectos que requieren un bajo porcentaje de financiación, no demanda constitución de una garantía hipotecaria y su fuente de pago se origina en las ventas del proyecto.
- Otorgamiento: debe constituirse un contrato fiduciario para la administración de los recursos del las ventas que garantice la fuente de pago del crédito.
- Porcentaje de Financiación: se financia hasta el 30% de los costos directos e indirectos.
- Plazo: se determina de acuerdo con el tiempo necesario para realizar la construcción y ventas del proyecto.
- Desembolso: De acuerdo con el flujo de caja de proyecto y concertado con el constructor.
Sujeto a Políticas de la Entidad